DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

referendo

Por otra parte, el art. 11.II de la CPE, señala que la democracia directa se ejercer a través del: "…referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley" (las negrillas son adicionadas).

De la citada norma constitucional, se advierte que el constituyente ha previsto reserva de ley en lo que refiere a los mecanismos de ejercicio de la democracia directa; en ese antecedente, el legislador nacional ha sancionado la Ley del Régimen Electoral cuyo objetivo es regular el ejercicio de la democracia intercultural, basada en la complementariedad de la democracia directa y participativa, la democracia representativa y la democracia comunitaria.