DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2015

Fecha: 22-Sep-2015

los intereses

Del marco normativo señalado precedentemente se puede identificar que no se constituyen como recursos de las ETA municipales los intereses, por lo que estas no realizan operaciones de crédito, si pueden realizar transferencias de recursos públicos en efectivo o en especie, a organizaciones económico productivas y organizaciones territoriales, con el objeto de estimular la actividad productiva y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva y salud, tal cual señala la ley; consiguientemente, erigir como competencia municipal las operaciones de crédito, resulta un exceso vulnerador de los preceptos dispuestos en el art. 271 de la LMAD.