DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 123.

I.         El municipio en sus pisos ecológicos, está organizado territorialmente en Distritos, teniendo como base las organizaciones social-comunitaria con la finalidad del ejercicio de la planificación y la gestión pública desconcentrada, a objeto de procurar eficiencia en el ejercicio de las competencias autonómicas, calidad en la prestación de los servicios públicos municipales y la profundización de la participación y control social de la ciudadanía en el desarrollo municipal.

II.       La creación, modificación, fusión o supresión de Distritos será efectuada mediante Ley Municipal de Distritación, constituyendo un proceso concertado y participativo que vincule a los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal con las organizaciones de la sociedad civil y pueblos indígena originario campesino del  municipio.