DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 131.

IV.      Adoptar las medidas necesarias como la planificación, diseño, construcción de infraestructura adecuada a las necesidades, mantenimiento y administración de caminos vecinales para el emprendimiento de actividades productivas en el municipio y para vincular a las áreas de producción con los mercados y centros de servicios.

V.        Transferir recursos municipales para financiar iniciativas de actores públicos, privados urbanos y rurales en materia de mejoramiento de infraestructura, equipamiento e insumos de producción, que tengan como objetivo promover la equidad económica y social e impulsar el desarrollo, incentivo y fomento de emprendimientos socioeconómicos y productivos de los sectores de pequeños y medianos productores agropecuarios, artesanales y otros de la economía local.