DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016

Fecha: 14-Dic-2016

ejercerá

La disposición analizada refiere que la ETA municipal asume de manera gradual el cumplimiento de sus competencias en función a los recursos económicos, al respecto, la DCP 0052/2016 de 26 de mayo, establece: El artículo en análisis, dispone que el Gobierno Autónomo Municipal de Tiraque, asumirá las competencias de forma gradual, contrariando así la Norma Suprema, que por su supremacía es de cumplimiento obligatorio y a cuyo mandato, están sujetas todas las instituciones y ciudadanos en todo el territorio nacional (art. 410.I de la CPE). Cabe aclarar que la ETA, ejercerá las competencias asignadas, no las definirá ni reconocerá como define el estatuyente. Al propósito, el término ‘reconoce’, ha sido observado y declarado incompatible por el Tribunal Constitucional Plurinacional, sobre la base del desarrollo contenido en la DCP 0011/2014 de 10 de marzo que estableció: ‘…conforme al principio de supremacía constitucional y dado el carácter axiológico de la Constitución, una Carta Orgánica, no está en condiciones de ‘reconocer’, preceptos consagrados en la Norma Suprema…’; consiguientemente el parágrafo es incompatible, debiendo el estatuyente adecuarlo o suprimirlo pues estas definiciones ya están contenidas en una norma superior a la cual la norma básica debe sujeción.