DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Artículo 123. (Distritos Municipales)

I.      El municipio en sus pisos ecológicos, está organizado territorialmente en Distritos, teniendo como base las organizaciones social-comunitaria con la finalidad del ejercicio de la planificación y la gestión pública desconcentrada, a objeto de procurar eficiencia en el ejercicio de las competencias autonómicas, calidad en la prestación de los servicios públicos municipales y la profundización de la participación y control social de la ciudadanía en el desarrollo municipal.

La disposición analizada hace referencia a la organización territorial del municipio a través de distritos; sin embargo, incurre nuevamente en la omisión de establecer la diferenciación de los distritos municipales como tal y los distritos municipales IOC; en ese sentido, corresponde aplicar por conexitud el cargo de incompatibilidad constitucional establecido en el análisis de los arts. 35 parágrafo II y 36 del presente Proyecto.