AUTO 154/1982, de 28 de abril

Fecha: 28-Abr-1982

1. Para examinar el motivo de inadmisión contemplado en la providencia de este Tribunal de 17 de marzo (carecer la demanda manifiestamente de contenido que justifique una decisión de este Tribunal) hay que considerar por separado las diversas peticiones de la demanda. En ella se pide en primer término que se anule la Sentencia impugnada por supues...

AUTO 155/1982, de 28 de abril

Fecha: 28-Abr-1982

1. El amparo formulado esencialmente pretende la declaración de nulidad del Auto de la Audiencia Provincial, no dando lugar al procesamiento solicitado por las acusaciones, y reputando falta el hecho perseguido, que originó la muerte del esposo de la solicitante por disparo de arma de fuego de un Guardia Civil, estimando vulnerados los derechos a ...

AUTO 156/1982, de 28 de abril

Fecha: 28-Abr-1982

Único. De acuerdo con muy reiterada doctrina de este Tribunal que, por lo demás, se desprende sin dificultad de la interpretación de la Ley Orgánica, los defectos subsanables se transforman en insubsanables si no se corrigen en el plazo para ello establecido, circunstancia ésta que concurre en el presente caso respecto de los defectos de este tipo...

AUTO 157/1982, de 28 de abril

Fecha: 28-Abr-1982

1. Aunque los recurrentes aducen en algunos de los pasajes de su demanda un eventual despojo patrimonial como consecuencia directa o indirecta de los Autos por ellos impugnados, lo cierto es que lo planteado en esta sede constitucional no es una supuesta violación del art. 33 de la Constitución, que obviamente no podría suscitar un proceso de ampa...

AUTO 158/1982, de 28 de abril

Fecha: 28-Abr-1982

Único. Al exigir el art. 81.1 de la LOTC la postulación procesal en todos los procesos constitucionales a través de representación por el Procurador y defensa o dirección por Letrado, y estimar este Tribunal Constitucional en reiterada y no contradicha doctrina que tal postulación es de obligado cumplimiento, resulta evidente que por la remisión q...

AUTO 159/1982, de 29 de abril

Fecha: 29-Abr-1982

1. El art. 161.2 de la Constitución determina que la impugnación por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional de las disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses, y el...

AUTO 16/1982, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1982

Único. - El solicitante ha dejado transcurrir el plazo de diez días sin acogerse a la posibilidad de subsanación prevista en el art. 85.2 de la L.O.T.C. pues ni ha comparecido por medio de Procurador y con la asistencia de Letrado, ni ha pedido a este Tribunal que se designen profesionales del turno de oficio. El transcurso del indicado plazo sin ...

AUTO 160/1982, de 5 de mayo

Fecha: 05-May-1982

1. El acto formal de iniciar el proceso constitucional de amparo a través de la demanda, se somete por el art. 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), cuando la violación de los derechos y libertades procede del acto u omisión de un órgano jurisdiccional, al plazo de veinte días, contados a partir de la notificación de la resol...

AUTO 161/1982, de 5 de mayo

Fecha: 05-May-1982

Único. Además de lo dispuesto en el art. 44.1 d) de la LOTC respecto de los hechos, es lo cierto que la prueba propuesta por los recurrentes es inútil porque obran en este proceso las actuaciones del recurso de revisión número 67.200, que es al que se refiere la petición de prueba. ...

AUTO 162/1982, de 5 de mayo

Fecha: 05-May-1982

1. En relación con los dos motivos de inadmisibilidad advertidos por este Tribunal, cabe entender subsanado el primero por el recurrente al haber precisado en su escrito de alegaciones que los derechos constitucionales vulnerados por la Asociación eran los sancionados en los arts. 14 y 22 de la Constitución relativos, respectivamente, al principio...

AUTO 163/1982, de 5 de mayo

Fecha: 05-May-1982

Único. La Sentencia con que se agotó la vía judicial es de 4 de noviembre de 1981 y fue notificada a los recurrentes el siguiente día 7, por lo que, al ingresar en este Tribunal la demanda de amparo en 11 de marzo de 1982 es evidente que se ha rebasado el plazo de veinte días que señala el art. 44.2 de la Ley Orgánica de este Tribunal; plazo que, ...

AUTO 164/1982, de 5 de mayo

Fecha: 05-May-1982

Único. - Que al exigir el artículo 81.1 de la L.O.T.C. la postulación procesal en todos los procesos constitucionales, a través de representación por Procurador y defensa o dirección por Letrado, y estimar este Tribunal Constitucional en reiterada y no contradicha doctrina, que tal postulación es de obligado cumplimiento, resulta evidente que por ...

AUTO 165/1982, de 6 de mayo

Fecha: 06-May-1982

1. El art. 80 de la LOTC ordena la aplicación con carácter supletorio de la misma a la Ley de Enjuiciamiento Civil en determinadas materias entre las que enumera expresamente las relativas al desistimiento y renuncia. Por otro lado, la referida Ley Orgánica en su art. 86.1 ordena que las decisiones relativas al desistimiento y a la renuncia las pr...

AUTO 166/1982, de 6 de mayo

Fecha: 06-May-1982

Único. El art. 64.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional permite que el órgano, en este caso el Gobierno Vasco, que formalice el conflicto positivo de competencia pueda solicitar la suspensión objeto del conflicto «invocando perjuicios de imposible o difícil reparación», petición que el Tribunal acordará o denegará libremente. Aunque de ...

AUTO 167/1982, de 6 de mayo

Fecha: 06-May-1982

Único. El Gobierno Vasco se ha limitado a afirmar que la vigencia actual de los preceptos citados del Real Decreto 2824 «puede dar lugar» a situaciones de muy difícil o imposible reparación, pero no ha aducido en favor de tal aseveración ni un solo argumento, dato o razón. La tiene, por ello, plenamente el Abogado del Estado al decir que a falta d...

AUTO 168/1982, de 12 de mayo

Fecha: 12-May-1982

1. De la demanda, como escrito que inicia el proceso, debe darse traslado a todas y cada una de las partes en el momento en que se ponen de manifiesto las actuaciones para formular las alegaciones que preceptúa el art. 52.1, de la LOTC, porque sólo facilitando ese conocimiento puede cumplirse el trámite que, cuando procede de un demandado, tiene e...

AUTO 169/1982, de 12 de mayo

Fecha: 12-May-1982

1. El demandante no ha comparecido en este proceso representado por Procurador y con la dirección técnica de Letrado y tampoco ha interesado el nombramiento que para los que carecen de medios económicos prevé la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 27) en preceptos que son aplicables al proceso de amparo, según la norma de remisión contenida en el ar...

AUTO 17/1982, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1982

Único. - De las distintas peticiones que ha hecho el recurrente, sólo es materia propia del amparo la referente al derecho a un proceso debido sin dilaciones excesivas que generen una privación de libertad mas allá de lo que el carácter preventivo requiere en orden a la instrucción penal, pues las otras peticiones de que se proceda a una reforma l...

AUTO 170/1982, de 12 de mayo

Fecha: 12-May-1982

1. En los supuestos en que la violación de los derechos y libertades tuvieran su origen inmediato y directo en el acto u omisión de un órgano judicial, el art. 44.1 c) de la LOTC, exige como requisito para poder entablar el amparo, que se haya invocado formalmente en el proceso el derecho constitucional vulnerado tan pronto como, una vez conocida ...

AUTO 171/1982, de 12 de mayo

Fecha: 12-May-1982

1. El presente recurso fue iniciado por escrito del Procurador don Juan Antonio García San Miguel en representación de don José Maldonado Nausia, de fecha 18 de febrero pasado (presentado al siguiente día en el Registro de este Tribunal); en dicho escrito se formulaba demanda de amparo frente a resolución desestimatoria presunta del Ministerio de ...