DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

art. 30.II.13

El art. 30.II.13 establece que el Concejo Municipal puede aprobar o rechazar concesiones de bienes, servicios públicos o explotaciones y otros en el plazo de quince días, dentro del ámbito de los servicios públicos; es necesario aclarar, que el art. 20.III de la CPE, señala que: "El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos, no son objeto de concesión ni privatización y están sujetos a régimen de licencias y registros, conforme a ley".