DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

El numeral 29 del parágrafo II del art. 45,

El numeral 29 del parágrafo II del art. 45, sostiene que debe aplicarse el reglamento para distinciones, premios y condecoraciones municipales; aspecto fue tratado por la jurisprudencia dentro de la DCP 0001/2013, que define que los premios, condecoraciones y demás distinciones deben ser realizadas mediante ley y no mediante reglamento, por lo que el presente numeral es incompatible con el texto de la CPE.