DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

El art. 48.III.1

El art. 48.III.1 establece como faltas pasibles a sanciones del Alcalde o Alcaldesa municipal la inobservancia o infracción de la presente Carta Orgánica, leyes municipales, resoluciones municipales internas del Concejo Municipal y toda otra normativa municipal emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Totora; en este punto se debe tener en cuenta que las resoluciones municipales tienen alcance al interior del Concejo Municipal y no tiene porque alcanzar al ejecutivo municipal, sin que ello signifique que los actos del ejecutivo municipal queden sin fiscalización, por lo que el numeral 1 del parágrafo III del art. 48 es incompatible con la Norma Suprema.