DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

art. 49

El art. 49 se refiere a la suspensión temporal y definitiva del Alcalde o Alcaldesa, cuando se dicte en su contra acusación formal, caso en el que el Concejo Municipal tiene que elegir al Alcalde o Alcaldesa interino (a) por dos tercios del total de sus miembros, es necesario hacer referencia a la SCP2055/2012, cuya parte resolutiva textualmente declaró:"13 La INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 144, 145, 146 y 147 de la LMAD, y la frase contenida en la primera parte del parágrafo II del art. 128.II de la LMAD referida: 'La máxima autoridad ejecutiva será suspendida temporalmente de sus funciones si se hubiera dictado Acusación Formal en su contra que disponga su procesamiento penal", por ser contrarias a los arts. 26.I, 116.I y 117.I de la CPE y 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos'".