DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

El numeral 14 del parágrafo II del art. 45

El numeral 14 del parágrafo II del art. 45 establece que algunos planes y reglamentos deben ser aprobados por el Concejo Municipal, por su transcendencia, sin embargo incluye que deben ser aprobados con sus normas y reglamentos; en este punto es claro que el Órgano Ejecutivo Municipal es el que tiene las facultades reglamentarias y ejecutivas, por lo que no puede delegar tal función al Concejo Municipal, por lo que los términos "normas y reglamentos" vulnera el principio de separación de poderes establecido por el art. 12. I y III de la CPE.