DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

El

El numeral 6 del parágrafo II del art. 45 establece como una de las atribuciones de la Alcaldesa o el Alcalde la de ejecutar las leyes y resoluciones del Concejo Municipal mediante decretos municipales y resoluciones ejecutivas; empero, en el marco de los análisis precedentes, las resoluciones emitidas por el órgano deliberativo no tienen carácter obligatorio para el órgano ejecutivo, y viceversa; pues debe quedar presente que estos órganos son independientes uno del otro, y en cuanto a materia administrativa, cada uno los órganos deberá contar con sus propias resoluciones.

No debe entenderse como "Resolución Municipal" a un instrumento administrativo emitido por el Concejo Municipal para regular a todo el Gobierno Autónomo Municipal; y menos, debe entenderse como un instrumento para la reglamentación de una ley municipal. El Concejo Municipal únicamente puede emitir resoluciones de carácter administrativo que regulen a este órgano.