DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0004/2013

Fecha: 29-Abr-2013

la constitucionalidad del citado artículo deberá entenderse en el marco de la obligatoriedad de la asunción competencial, pero no de la obligatoriedad del ejercicio competencial; aspecto al que también debe circunscribirse la interpretación del art. 75 de la presente Carta Orgánica, y además se declara incompatible la frase

Al respecto se debe señalar la obligatoriedad en la asunción de las competencias, según la SCP 2055/2012, dentro del examen de constitucionalidad del art. 64.I de la LMAD, al referirse a las competencias compartidas y concurrentes, estableció que la constitucionalidad del citado artículo deberá entenderse en el marco de la obligatoriedad de la asunción competencial, pero no de la obligatoriedad del ejercicio competencial; aspecto al que también debe circunscribirse la interpretación del art. 75 de la presente Carta Orgánica, y además se declara incompatible la frase "progresiva y gradualmente" por el entendimiento asumido en el art. 73 de la presente Carta Orgánica.