DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

a) Sobre el Parágrafo II

El art. 304.III.2 de la CPE establece una competencia concurrente entre el nivel central del Estado y las AIOC, por lo cual, la esfera de acción de esta entidad territorial autónoma es únicamente de carácter ejecutivo, por lo cual se encuentra habilitada para el ejercicio de la facultad reglamentaria y la facultad ejecutiva, siendo que su ejercicio debe enmarcarse en lo establecido por la ley del nivel central del Estado.