DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

Es importante señalar que el órgano deliberativo, en este caso el Concejo Municipal, aprueba únicamente un proyecto, por lo que una vez aprobada la norma institucional básica no entra en vigencia automáticamente, pues la norma constitucional ha previsto dos pasos posteriores indispensables para su aprobación: 1. Control previo de constitucionalidad y 2. Referendo en la jurisdicción territorial de la Estatutos Territoriales Autonómicos

Es importante señalar que el órgano deliberativo, en este caso el Concejo Municipal, aprueba únicamente un proyecto, por lo que una vez aprobada la norma institucional básica no entra en vigencia automáticamente, pues la norma constitucional ha previsto dos pasos posteriores indispensables para su aprobación: 1. Control previo de constitucionalidad y 2. Referendo en la jurisdicción territorial de la Estatutos Territoriales Autonómicos (las negrillas y el subrayado son nuestros).