DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

III.3. Del acceso a la autonomía indígena desde un territorio indígena originario campesino

La norma constitucional establece cuatro tipos de autonomías, la departamental, regional, municipal e indígena originario campesina, niveles de gobierno que como se señaló en el análisis precedente desarrollan su autogobierno en el marco del principio constitucional de unidad del Estado que implica la indivisibilidad de la soberanía, la cohesión interna del Estado y la aplicación uniforme de las políticas de Estado.

En ese sentido, la Tercera Parte de la Constitución Política del Estado, regula la organización territorial del poder público del Estado, instituyendo cuatro tipos de autonomías, las cuales se encuentran facultadas para ejercer la administración y gestión pública en tres niveles de segmento territorial, el departamental, el regional y el local. Para este último nivel territorial de administración y gestión del poder público, el nivel local, la Norma Suprema ha previsto dos tipos de organización gubernamental: la autonomía municipal y las AIOC.