DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

Articulo 19.- Convocatoria y toma de decisiones

II.  En los diferentes eventos de la Asamblea General de Comunidades, las decisiones se toman por votación mayoritaria abierta de los presentes (el directorio de la CRSUCIR y la Central Regional de Mujeres, las directivas de las comunidades y de las subcentrales de hombres y mujeres y los miembros de base según el tipo de evento), de acuerdo con normas y procedimientos propios; sus decisiones constituyen el mandato que debe plasmarse en actas y resoluciones y, cuando corresponda, en normas. Los miembros del Consejo de Gestión Territorial, la Autoridad Administrativa Autonómica y los responsables de las instituciones indígenas solo tienen derecho a voz.