DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

la aplicación de la Justicia Indígena Originaria Campesina (JIOC) se fundamenta principalmente por el vínculo particular de pertenencia del comunitario con la comunidad (NPIOC),

Este mismo marco interpretativo desarrollado por la jurisprudencia constitucional descrita, debe ser aplicado en el examen del presente artículo del Estatuto de Raqaypampa, pues el elemento territorial no es el único ámbito de aplicación que determina el ejercicio de la jurisdicción indígena originario campesina, sino los mencionados tanto por la norma suprema y la jurisprudencia constitucional; pero tampoco puede dejarse de lado que la aplicación de la Justicia Indígena Originaria Campesina (JIOC) se fundamenta principalmente por el vínculo particular de pertenencia del comunitario con la comunidad (NPIOC), razón por la cual el presente artículo en examen no puede dictaminar que la aplicación de la JIOC alcanza a todos los hombres y mujeres que habiten en Raqaypampa “sin excepción”.