DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

Artículo 21.- Atribuciones del Consejo de Gestión Territorial

I.   El Consejo de Gestión Territorial es la instancia encargada de implementar y ejecutar las decisiones emanadas de la Asamblea General de Comunidades que tengan que ver con la gestión territorial y el desarrollo integral de la población de la AIOC de Raqaypampa; efectuar las propuestas base de planificación territorial; monitorear la gestión de la Autoridad Administrativa Autonómica y desarrollar propuestas de leyes y propuestas técnicas de planes y proyectos para la gestión de la autonomía.

1) Formular participativamente con las autoridades comunales, de Subcentrales y de la Central, y considerando los aportes del equipo técnico de la Autoridad Administrativa y las instituciones indígenas, la propuesta técnica del Plan Territorial de Desarrollo Integral (Plan Estratégico) de la autonomía indígena originaria campesina. Dicha propuesta deberá basarse en  los mandatos de la Asamblea de Comunidades y considerar las necesidades expresadas por las comunidades. La consideración y aprobación del Plan se efectuará en primera instancia en la reunión de la Central Regional y, de manera definitiva, en la Asamblea General Autonómica de Comunidades.

2) Elaborar participativamente y en coordinación con las autoridades e instituciones arriba señaladas, la propuesta base de Planes Operativos Anuales Autonómicos, para su consideración y aprobación en primera instancia por la Central Regional y, de manera definitiva, por la Asamblea Anual Autonómica.

5) Desarrollar propuestas de procedimientos administrativo-financieros transparentes y abiertos al control social, para su consideración y aprobación por la CRSUCIR y su ratificación en la Asamblea Anual Autonómica u otro evento de la Asamblea General de Comunidades que disponga el Comité Ejecutivo de la Central.

6) Elaborar las propuestas técnicas y presupuestos correspondientes para la atención de emergencias climáticas (sequías, heladas y otros), de salud (epidemias y otros) u otras, para su consideración y aprobación por la Central Regional, y apoyar en la identificación de los recursos financieros correspondientes.