DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 29-Ene-2015

Artículo 75.- Primacía normativa

I.     La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra norma. Los tratados y convenios en materia de derechos humanos, derechos comunitarios y derechos de los pueblos indígenas ratificados por el Estado boliviano, son parte del Bloque de Constitucionalidad.