DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 101

El art. 101 referido a la recuperación de cultivos y alimentos tradicionales en su numeral 1, señala que: “Incentivar la recuperación de semilla nativas tradicionales”, texto del cual se puede advertir es incompatible con la Constitución Política del Estado es su art. 381.II, que expresa: “El Estado protegerá todos los recursos genéticos y microorganismos que se encuentren en los ecosistemas del territorio, así como los conocimientos asociados con su uso y aprovechamiento. Para su protección se establecerá un sistema de registro que salvaguarde su existencia, así como la propiedad intelectual en favor del Estado o de los sujetos sociales locales que la reclamen. Para todos aquellos recursos no registrados, el Estado establecerá los procedimientos para su protección mediante la ley” (las negrillas son agregadas), debiendo por lo tanto readecuar el contenido conforme la Norma Suprema.