DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTICULO 61. (SUBALCALDIAS).-

ARTICULO 61. (SUBALCALDIAS).- Son las unidades organizacionales desconcentradas para la gestión del territorio, responsables de la administración de los Distritos que integran la organización territorial del Municipio a partir de una estructura Técnico - Administrativa, para el cumplimiento de sus competencias.

Su creación tiene como finalidad la desconcentración de la gestión municipal para dar funcionalidad a las competencias autonómicas y la descentralización de la prestación de servicios públicos municipales para contar con calidad además de permitir la profundización de la participación ciudadana y el control social en el desarrollo municipal.