DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 167

El art. 167 referido al procedimiento de reforma total y parcial de la carta orgánica en su numeral 1, señala: “La reforma por iniciativa popular o ciudadana, podrá ser promovida por una o más personas naturales o jurídicas, sustentadas por un treinta por ciento (30%) de firmas del electorado Municipal”, texto que es incompatible con la Constitución Política del Estado; toda vez que, su art. 411.II establece el 20% para la reforma.