DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 22

El art. 22 referido a la organización territorial, dice: “El Gobierno Autónomo Municipal de Sacaca se encuentra organizado territorialmente en Distritos Municipales, Distritos Indígenas Originarios Campesinos, Ayllus, Cabildos, Subcentrales, Sindicatos Originarios y juntas vecinales”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado en la frase: “Ayllus, Cabildos, Subcentrales, Sindicatos Originarios y juntas vecinales”, en razón a que por imperio del art. 271 de la CPE, que nos remite a los art. 27 y 28 de la LMAD, el municipio se divide administrativamente en dos tipos de distritos uno indígena originario campesino, y el otro simplemente distrito; ahora bien si las juntas vecinales, ayllus y otros, coinciden con la ubicación del distrito, que es posible, esto no significa que este cambie su denominativo de espacio siendo desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales, o para el caso del indígena originario campesino un espacio descentralizado; motivo por el cual, no debe confundirse la división administrativa territorial del municipio con otras formas de repartición de organizaciones territoriales y funcionales, razón por la cual la frase señalada debe ser expulsada del contenido analizado.