DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTÍCULO 24.- (DISTRITOS INDIGENAS ORIGINARIOS CAMPESINOS)

I. Los Distritos Indígenas Originarios Campesinos son espacios desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales, en los que podrán establecerse sub alcaldías de acuerdo a Normativa Municipal, que regule su creación y funcionamiento.