DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 95

El art. 95 referido a defensa del consumidor y usuario en su parágrafo I, señala que: “El Gobierno Autónomo Municipal deberá de elaborar leyes municipales de defensa del consumidor y usuario regulando, reglamentando, los precios de los productos y artículos de primera necesidad en el Municipio”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado en la frase: “regulando, reglamentando, los precios de los productos y artículos de primera necesidad en el Municipio”; toda vez que, la redacción da a interpretar en sentido amplio que se refiere a todos los productos y artículos de primera necesidad; sin tomar en cuenta que la carta orgánica sólo puede legislar y disponer dentro de sus competencias conforme el 272 de la CPE; por ello, si bien el municipio puede fijar precios, pero lo hará dentro de sus competencias, y atribuciones asignadas constitucionalmente.