DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0100/2015

Fecha: 08-Abr-2015

art. 62

El art. 62 referido al sub alcalde en su parágrafo II, señala que: “Serán designados por el alcalde municipal de ternas propuestas por los distritos de acuerdo a normas y procedimientos propios”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en razón a que los distritos son espacios desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios”, esto conforme al art. 271 de la Norma Suprema que nos remite al art. 27 de la LMAD; en ese entendido, el distrito no puede formular ternas como sugerencia al Edil municipal a efectos de que designe sub alcalde.