DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2015

Fecha: 30-Jun-2015

“Artículo 58. Transferencia y recepción de recursos por ajuste competencial.

1.       Se transferirá recursos públicos, a organizaciones económicas, productivas y organizaciones territoriales, con el objeto de estimular la actividad productiva y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva y salud, en el marco del Plan General de Desarrollo; el uso y destino de estos recursos, serán autorizados mediante Decreto Municipal, sujetos a seguimiento, fiscalización, evaluación y control social”.