DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2015

Fecha: 30-Jun-2015

Artículo 8. Valores y fines

8.       Igualdad de oportunidades.- Las mujeres, independientemente de sus circunstancias personales, sociales o económicas, de su edad, estado civil, pertenencia a un pueblo indígena originario campesino, orientación sexual, procedencia rural o urbana, creencia o religión, opinión política o cualquier otra; tendrán acceso a la protección y acciones que la ley establece.

20.     Promover y garantizar el desarrollo integral, transparente, justo y equitativo a través de la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos concordantes con la planificación del desarrollo regional, departamental y nacional, garantizando la participación de todos sus pobladores.