DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016

Fecha: 19-Sep-2016

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Al respecto de la reconsideración en el ámbito municipal, la DCP 0069/2014 de 12 de noviembre, efectuó el siguiente razonamiento: “…el parágrafo I, que señala: ‘La Reconsideración es el medio jurídico, que se interpone contra toda norma municipal que se considera emitida en vulneración del procedimiento establecido y/o contraria al ordenamiento jurídico’, hace incompatible el articulado completo porque una ley no puede ser reconsiderada, puede ser derogada o derogada. Vale aclarar que una ley contiene varias normas entendidas como mandatos. Contrariamente, el afectado, sí puede solicitar la reconsideración de una norma inferior administrativa pero no una ley…”