DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016

Fecha: 19-Sep-2016

“ARTÍCULO 178. ASEO URBANO Y GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS.

Sobre una temática similar, la DCP 0052/2016 de 23 de mayo señaló: “En materia de aseo urbano, el estatuyente pretende una corresponsabilidad en la prestación de este servicio entre el Gobierno Autónomo Municipal de Tiraque y la población del Municipio, lo cual es inadmisible, toda vez que esta es labor propia de las dependencias municipales contando con una burocracia asalariada con recursos públicos, que deberá encargarse los mismos. Al propósito, el art 14.IV de la CPE, establece que: ‘En el ejercicio de los derechos, nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden…’, de cuya lectura, se esclarece que no se pueden imponer este tipo de responsabilidades al poblador común y corriente, quien al contrario debe beneficiarse con estos servicios por los cuales paga impuestos”.