DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016

Fecha: 19-Sep-2016

ARTÍCULO 110. EXENCIONES IMPOSITIVAS.

I.       El Gobierno Autónomo Municipal de Irupana, en la creación y establecimiento de impuestos podrá instaurar exenciones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias a favor de sujetos pasivos específicos de conformidad con los requisitos y previsiones dispuestas en la normativa nacional en vigencia.