DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016

Fecha: 19-Sep-2016

ARTÍCULO 51. FACULTADES DEL ALCALDE/ALCALDESA.

1.       Facultad de gestión estratégica, que es la capacidad de proponer y diseñar políticas públicas de transformación del municipio, mediante la Planificación Estratégica participativa, la coordinación de las políticas públicas con los otros niveles e instancias gubernamentales y la toma de decisiones en la priorización de la inversión pública municipal.

3.       Facultad reglamentaria, que es la capacidad de reglamentar el ejercicio de las competencias exclusivas, compartidas y concurrentes, las leyes municipales cuando corresponda, así como desarrollar la normativa necesaria para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, mediante decretos municipales y resoluciones del Ejecutivo Municipal.

1.       Facultad de gestión estratégica, que es la capacidad de proponer y diseñar políticas públicas de transformación del municipio, mediante la Planificación Estratégica participativa, la coordinación de las políticas públicas con los otros niveles e instancias gubernamentales y la toma de decisiones en la priorización de la inversión pública municipal.