DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019

Fecha: 16-Ene-2019

ARTÍCULO 66. AUDITORÍA INTERNA.-

IV. El Auditor Municipal ejerce el control de la legalidad de los actos administrativos de todas las entidades territoriales estatales, controla el uso y destino de los fondos fiscales, determina responsabilidades, exige su cumplimiento y determina sanciones y procedimientos por incumplimiento conforme a las leyes nacionales.

V.   El Auditor Municipal ejerce el exámen de la gestión pública para establecer o sancionar la responsabilidad administrativa, civil y ejecutiva; para verificar el impacto y resultado de gestión y política pública, y emite asimismo dictámenes sobre la eficiencia de la organización estatal. La responsabilidad penal se determina, regula y sanciona por las normas especiales que la regulen.