DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019

Fecha: 16-Ene-2019

Respecto al inciso b)

La DCP 0121/2016, declaró la incompatibilidad de la frase: “…y defender” del inciso en cuestión, entendiendo que dicho término contraría lo dispuesto en el art. 10 de la CPE, “…puesto que Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz…”, en ese marco, dicha frase conllevó a una idea de confrontación.

Conforme a lo desarrollado, la ETA de Villa Rivero, procedió a suprimir la frase observada del inciso b) del art. 13 del proyecto de COM, retirando con ello el cargo de incompatibilidad; de manera que, el mandato de la norma institucional básica debe ser entendido en el marco del principio constitucional de autogobierno que rige a las ETA dispuesto en el art. 270 de la Norma Suprema, por el cual los gobierno autónomos, entre otros aspectos, pueden dotarse de su propia institucionalidad, incluyendo de esa manera el carácter cívico de sus habitantes, en torno a los elementos simbólicos de la identidad de su municipio.