DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019

Fecha: 16-Ene-2019

i) Respecto al parágrafo II y numeral 2

La DCP 0121/2016, declaró la incompatibilidad del entonces art. 76 parágrafos II.2 y III.5, desarrollando los siguientes fundamentos:      i) Respecto al parágrafo II y numeral 2, señaló que dentro de la división política territorial, ya no existe los cantones, toda vez que conforme establece el art. 269.I de la CPE, “Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos”; y, ii) En relación al parágrafo III.5, se incompatibilizó la frase: “…cumpliendo las disposiciones previstas por el Código del Menor”, toda vez que, dicha frase resulto ser imprecisa, pues la referida ley ya fue abrogada.