DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019

Fecha: 16-Ene-2019

Fragmento 84

Finalmente, se advierte que el precepto en cuestión guarda armonía con la competencia exclusiva municipal, dispuesta en el art. 302.I de la CPE, que establece entre otras competencias, las siguientes: “19. Creación y administración de impuestos de carácter municipal, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o departamentales. 20. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal”, de modo que la ETA municipal, puede ejercer las facultades legislativas, deliberativas, reglamentarias y ejecutivas de dichas competencias.