DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

Artículo 135. Participación y control social.

I.   El Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Velasco, garantiza a la sociedad civil organizada la Participación y Control Social con enfoque de género y generacional, sin ningún tipo de discriminación ni exclusión, en la construcción participativa de la legislación y normativa, en la planificación, seguimiento, ejecución y evaluación de la gestión pública municipal, en la relación del gasto de funcionamiento e inversión y otras acciones en el ámbito de su jurisdicción y competencia.

II.  En la participación, la sociedad civil de manera individual u organizada participará en el diseño, formulación y elaboración de políticas, planes, programas y proyectos públicos en todos sus ámbitos establecidos por ley. La Participación se ejerce de manera amplia y decisoria sobre la gestión pública, siendo el Control Social complementario y consecuencia de ella.

III. La sociedad civil organizada ejercerá la Participación y Control Social a la gestión pública del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Velasco, y las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales otorgadas por el Gobierno Municipal de San Ignacio de Velasco, a la administración y calidad de los servicios públicos y servicios básicos, y coadyuvará con la fiscalización, al control gubernamental y recomendará con carácter vinculante a las autoridades competentes el inicio de peritajes técnicos, auditorias o en su caso, los procesos correspondientes.