DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

y previo control de constitucionalidad

Respecto al test de constitucionalidad del proyecto de COM de San Ignacio de Velasco, debe tenerse presente que, este se constituye en un mandato establecido por el art. 275 de la CPE, que determina: “Cada Órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto Autonómico o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción” (las negrillas son agregadas).

En ese sentido, siendo clara y específica la atribución del Tribunal Constitucional Plurinacional para efectuar el control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos o cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas, y tomando en cuenta las consideraciones preliminares desarrolladas en el presente fallo constitucional, corresponde efectuar el respectivo test de constitucionalidad sobre los artículos del proyecto de COM de San Ignacio de Velasco, que se desarrolla a continuación: