DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

DCP 0224/2015 de 16 de diciembre

Así mismo, la DCP 0224/2015 de 16 de diciembre, señalo lo siguiente: “El parágrafo III del ahora art. 24 del proyecto de la Carta Orgánica Municipal adecuado, establece lo siguiente: ‘Las Concejalas y 34 Concejales suplentes, asumirán la titularidad del cargo, en caso de muerte o inhabilidad permanente y sentencia ejecutoriada condenatoria de los Concejales y Concejalas titulares’; empero, al respecto de la existencia de sentencia ejecutoriada condenatorias, como causa para que los Concejales suplentes asuman la titularidad, corresponde señalar que conforme el art. 157 de la CPE, aplicable por abstracción en el caso de estas autoridades, la perdida de mandato se da por la existencia de sentencia condenatoria ejecutoria en causa penales, por ende este constituiría uno de los casos para que los Concejalas y Concejales suplentes asuman la titularidad.