DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

Artículo 139.

I. El Órgano Legislativo y Ejecutivo municipal, deben hacer una rendición pública de cuentas al menos dos veces al año, que cubra todas las áreas en las que el Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Velasco, haya tenido responsabilidad, y que deberá realizarse luego de la amplia difusión, de manera previa y oportuna, a la rendición pública de su informe.