DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

Sobre el precedente jurisprudencial.

Sobre el precedente jurisprudencial. Dentro el control previo de constitucionalidad sobre proyectos de Cartas Orgánicas Municipales, que incluían como causal de cesación de mandato de autoridades electas, la existencia de una sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra; la DCP 0075/2014 de 13 de octubre, declaró la incompatibilidad de los mismos, en razón a los siguientes fundamentos: “El art. 52.6 del proyecto de Carta Orgánica de Arbieto en la frase parágrafo que refiere: ‘sentencia condenatoria ejecutoriada’, es incompatible con la Constitución Política del Estado, bajo el siguiente razonamiento; el art. 234.4 de la CPE refiere que: ‘Para acceder al desempeño de funciones públicas requiere: No tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendiente de cumplimiento’, por lo que, la cesación de funciones de las concejalas y concejales debe adecuarse a esta normativa constitucional, no tener sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal pendientes de cumplimiento.