Auto Supremo AS/0205/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Afirma también, que existió errónea aplicación de la ley sustantiva en la fijación de la


Afirma también, que existió errónea aplicación de la ley sustantiva en la fijación de la pena incurriendo en la causal 1 del art. 370 del CPP, porque se indica que habría actuado de forma dolosa, ignorando si se trata de dolo relativo, habiéndosele impuesto una pena por incumplir normas sin establecerse que la sanción haya sido por algún daño económico al Estado, si el incumplimiento de normas fue atenuante o agravante para la determinación del quantum de la pena, si fue condenado por varios delitos; advirtiendo la falta de fundamentación en la aplicación de los arts. 37 y 38 del CP, al no haberse hecho referencia a su personalidad; por cuanto, no existe el criterio o fundamento del A quo ni menciono en la subsunción la conducta de su persona con los elementos constitutivos de los tipos penales ignorando si tuviera la misma dimensión ontológica, para configurar así el quantum de la pena, por lo que indica que no hay un cumplimiento fundamentado del inc. 2) del art. 37 del CP, concluyendo que no existe fundamentación tampoco de las condiciones en que su persona se encontraba en el momento de la ejecución de los delitos, en vulneración sus derechos fundamentales, sin establecer cómo alcanzaron la dimensión temporal de la Sentencia y bajo que parámetros de dosimetría penal, bajo qué criterios, particularmente de los jueces ciudadanos, al no contener esto la Sentencia afirma que incurrió en el defecto absoluto del inc. 3) del art. 169 del CPP