Auto Supremo AS/0205/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Manifiesta que ante la insuficiente fundamentación fáctica probatoria intelectiva y jurídica en cuanto a la


Manifiesta que ante la insuficiente fundamentación fáctica probatoria intelectiva y jurídica en cuanto a la imposición de la pena, que provoca la inobservancia del art. 124 del CPP, incurre en el defecto de Sentencia previsto en el inc. 5) del art. 370 del CPP, constituyendo un defecto previsto en el inc. 3) del art. 169 del CPP; en ese sentido, señala que en acápite sobre fijación de la pena en Sentencia se limita a determinar su condición de autor de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica e imponerle una pena privativa de libertad, sin que exista la fundamentación que permita inferir que se consideró los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, para la determinación judicial de la pena más allá de la existencia de agravantes y atenuantes; indicando que existe dolo, aspectos de importancia para fundamentar la pena para la tasación de la sanción o sanciones a imponer, extrañando la fundamentación de las circunstancias del hecho, las condiciones en las que se encontraba a momento de la ejecución del delito, condiciones personales de la acusada como de las personas ofendidas, soslayando el ponderar que su persona, así como si es autor primario, la enunciación de dolo como agravante de la pena sin indicar atenuantes de su personalidad y condiciones en que ocurrieron los hechos y la ponderación de valores, observando una insuficiencia de la fundamentación de la pena, incurriendo en una vulneración del debido proceso en su elemento de la motivación de las resoluciones y en un defecto absoluto e insubsanable de acuerdo al inc. 3) del art. 169 e inc. 1) del art. 370 del CPP, conforme a las exigencias del art. 124 del CPP