Auto Supremo AS/0205/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

El recurrente como tercer motivo, acusa que el Tribunal de alzada no fundamentó la


El recurrente como tercer motivo, acusa que el Tribunal de alzada no fundamentó la defectuosa valoración de la prueba documental y testifical denunciados en su apelación restringida, limitándose a señalar que el Tribunal de mérito expresó su razonamiento con relación a las pruebas, aplicando las reglas de la sana crítica, para lo cual invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 5 de 26 de enero de 2007 y 183 de 6 de febrero de 2007, que ya fueron desarrollados en la exposición del primer motivo; en ese sentido, considerando que la problemática de estos fallos se refieren a la motivación de las resoluciones y el control que deben ejercer los Tribunales de alzada, así como la fundamentación y congruencia de la Sentencia de los hechos y pruebas incorporadas en el proceso; problemáticas que mantienen relación con el motivo en análisis, donde se cuestiona que el Tribunal ad quem no fundamentó su agravio referido a la existencia de una defectuosa valoración de la prueba documental y testifical en la Sentencia; se debe tener en cuenta que según lo señalado en el epígrafe II.3 del presente Auto Supremo, el Tribunal de apelación ha ido manteniendo la misma lógica con que fue desarrollando cada agravio formulado, procediendo a efectuar citas de la parte considerativa de la Sentencia, para luego de su análisis previa verificación de lo señalado por el A quo así como lo denunciado por la parte apelante, concluir que se dió cumplimiento a las reglas de la sana crítica de acuerdo al art. 173 del CPP, exponiendo precisamente cual fue el análisis que generó esa convicción, de qué forma efectivizó su deber de control sobre el agravio denunciado; por consiguiente, no es evidente la contradicción incurrida con los precedentes invocados al efecto, resultando el presente motivo en infundado