Auto Supremo AS/0205/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Por Sentencia 12/2014 de 13 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental


Por Sentencia 12/2014 de 13 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Alberto Luis Aguilar Calle, culpable de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica, Uso Indebido de Influencias y Contratos Lesivos al Estado previstos en los arts. 154, 224 párrafo primero, 146 y 221 párrafo primero del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de seis años y diez meses de presidio más cuatrocientos días multa a Bs. 2,50 por día. A Víctor Hugo Moreno Sotomayor, culpable de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas y Uso indebido de Influencias, previstos en los arts. 154, 150 y 146 del CP condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años de presidio, mas cien días multa a Bs. 2 por día siendo beneficiado con el perdón judicial. A Tomas Lopez Villarte, autor de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica y Uso Indebido de Influencias, previstos en los arts. 154, 224 párrafo primero y 146 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de seis años de presidio, mas trescientos días multa, a Bs. 2.50 por día. A Patricia Katherine Jaldin Jallaza, autora de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica previstos por los arts. 154 y 224 párrafo primero del CP condenándola a la pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión