SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

“ARTICULO 88 (BONOSOL).-La Superintendencia establecerá el monto del Bono Solidario

“ARTICULO 88 (BONOSOL).-La Superintendencia establecerá el monto del Bono Solidario (Bonosol) válido hasta el 31 de diciembre del 2001 determinando el valor de mercado, expresado en dólares estadounidenses, de los recursos provenientes de la capitalización en Fideicomiso, transferidos a las AFP's al valor establecido para el día de la transferencia”