SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

III.        FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO DISIDENTE.

El Recurso materia de la Sentencia Constitucional Nº 06/01, arranca de que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 1544 de Capitalización, las acciones del Estado boliviano en las empresas capitalizadas han sido transferidas a favor de todos los bolivianos que al 31 de diciembre de 1995 hubiesen cumplido la edad de 21 años, por lo que dichas acciones forman parte del derecho propietario de los mismos y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 7 de la citada Ley,  el art. 3 de la Ley Nº 1732 de Pensiones dispuso que los recursos provenientes de las acciones de propiedad del Estado en las empresas capitalizadas, transferidas en beneficio de los ciudadanos bolivianos, serán destinados al pago de una anualidad vitalicia denominada Bono Solidario (Bonosol) y al pago de gastos funerarios. Por su parte, las disposiciones legales impugnadas modifican el destino y uso de las citadas acciones de propiedad de los bolivianos que fueron transferidas por el Estado, según refiere el art. 1º de la Ley Nº 1864 con el “objeto de otorgar mayores oportunidades a los ciudadanos bolivianos para ampliar su condición de propietarios y potenciales inversores...”