SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 06/01

Fecha: 05-Feb-2001

I.1.

I.1.   Que el art. 6 de la Ley de Capitalización de 21 de marzo de 1994 autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia a título gratuito de las acciones de propiedad del Estado en las sociedades de economía mixta que se hubieren capitalizado, en beneficio de los ciudadanos bolivianos residentes en el país, que al 31 de diciembre de 1995 hubiesen alcanzado la mayoría de edad, estableciendo el art. 7 de dicha Ley que el Ejecutivo debe disponer mecanismos idóneos para que los bolivianos se beneficien con la transferencia de esas acciones a Fondos de Pensiones a crearse de acuerdo a Ley.